Ciudadanos/Turno de oficio Justicia gratuita/Designación profesionales de oficio, servicios y turnos

El reconocimiento del derecho a la asistencia Jurídica gratuita comprende, según queda recogido en el artículo 6 de la Ley de Asistencia Jurídica gratuita 1/96 de 10 de enero las siguientes prestaciones:

  • Asesoramiento previo al proceso judicial.
  • Defensa y representación por un abogado/a y procurador/a durante el proceso judicial, que será designado de forma provisional por el Colegio de Abogados y ratificado posteriormente por la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita del Gobierno de Navarra. En caso contrario el solicitante deberá abonar los honorarios causados en su defensa y representación.
  • Inserción de anuncios o edictos durante el proceso.
  • Asistencia pericial.
  • Obtención de copias, testimonios y actas, conforme al Reglamento Notarial.
  • Reducción del 80% en los gastos derivados de las escrituras públicas, las inscripciones en registros, etc.
  • Exención de las tasas judiciales.
  • No abono de las costas judiciales.

 

El Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona organiza y gestiona diferentes servicios de asistencia jurídica gratuita para la prestación de servicios de asistencia letrada, defensa y representación  en los Partidos Judiciales de Pamplona y Aoiz, servicios que son subvencionados por la Comunidad Foral Navarra, y de la que forman parte 265 abogados y abogadas del Colegio de Pamplona.

El compromiso de los abogados y abogadas del Colegio de Abogados de Pamplona en la prestación de éstos servicios derivados del llamado Turno de Oficio, que constituyen la única manera de hacer efectivo el derecho a la tutela judicial efectiva a aquellos ciudadanos con menos recursos económicos, garantiza el principio de igualdad reconocido en la Constitución.

El Colegio de Abogados de Pamplona pone a disposición de los ciudadanos ocho servicios de guardia especializados, prestados por  durante las 24 horas del día los 365 días del año, para atender diferentes jurisdicciones y colectivos sociales.

Durante el año 2021 se tramitaron por el Colegio de Abogados de Pamplona 6648 expedientes de Justicia gratuita.

Igualmente, los servicios de guardia realizaron 4908 actuaciones derivadas de asistencias a imputados o investigados  y 1146 actuaciones  a víctimas de violencia.

Los servicios descritos son los siguientes:

Servicios de Guardia

El MICAP dispone de servicios de guardia permanente, en los que, durante 24 horas y 365 días al año, profesionales de la abogacía que pertenecen a los diferentes servicios, asisten a los detenidos o investigados y a las mujeres víctimas de violencia de género.

Estos servicios son los siguientes:

Servicio de Asistencia a la Mujer (SAM).  55 profesionales atienden este servicio de asistencia permanente, a través de un servicio de guardia diaria (el servicio se atiende 24 horas al día durante 365 días), en el que el profesional de la Abogacía está  permanentemente localizable para atender a mujeres víctimas de violencia de género cuando sean llamadas por policías o Juzgado de guardia.

Además, existe un servicio de asesoramiento jurídico generalizado, que contempla, con carácter prioritario toda la información, orientación y asesoramiento en materia de violencia o discriminación por razón de género. Se asesorará sobre las consecuencias que se derivan de la interposición de una denuncia por malos tratos físicos o psíquicos, o delitos contra la libertad e indemnidad sexual y sobre materia referente a derecho de familia.

Este servicio se ofrece de lunes a jueves entre las 17:00 y las 18:30 horas en la sede del Colegio de Abogados de Pamplona de la Avda. del Ejército nº 2, planta 10, previa petición de cita en el teléfono 948221475 (en julio y agosto el asesoramiento será de 12 a 14 horas. En San Fermin no hay servicio de asesoramiento.)

El asesoramiento puede ser presencial en la sede del colegio o telefónico, en cuyo caso se facilitará al procesional de guardia el teléfono de la solicitante para que puedan contactar.

¿Cómo saber si me pueden atender en este servicio de asesoramiento?

  • Soy mujer víctima de violencia o discriminación por materia de género o creo que puedo serlo
  • Tengo una consulta relacionada con Violencia de Género o discriminación por ser mujer
  • Quiero iniciar trámites sobre separación, divorcio o medidas de hijo no matrimonial de la pareja denunciada por violencia de género
  • No tengo ningún profesional de la abogacía para asesorarme sobre ese procedimiento y otras cuestiones derivadas de violencia o discriminación por razón de género.

Los servicios de asesoramiento pueden quedar condicionados por la existencia de una asistencia requerida en policías o juzgados coincidente con la cita inicialmente programada, que conllevará la imposibilidad de prestar el asesoramiento programado, pudiendo cambiarse para otro día o realizarse de manera telefónica.  Más información Aqui

CONSULTE EL INFORME ANUAL VIOLENCIA DE GÉNERO NAVARRA 2023

Servicio de atención al Menor. Asistencia letrada a menores y sus familias tanto en centros de detención como en Juzgados. Prestado por abogados y abogadas especializados en la ley del Menor.

Servicio y  Turno de Extranjería. Defensa, representación y asesoramiento en cuestiones de derecho de extranjería. Prestado  por abogados y abogadas expertos en la Ley de Extranjería.

doc_download2Servicio de Guardia de Juicios Rápidos. Asesoramiento y defensa de los ciudadanos citados a Juicio Rápido que acudan sin Abogado. A diferencia de otros servicios, si el ciudadano no tramita la correspondiente solicitud de Justicia gratuita, o si tramitada es desestimada, los servicios del abogado o abogada interviniente deberán ser abonados por el ciudadano.

Servicio de Asistencia al Detenido. Asistencia letrada al detenido o investigado, ya sea en dependencias policiales o judiciales, garantizando una asistencia real y efectiva al detenido o imputado, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La nueva normativa de los servicios de asistencia jurídica gratuita aplicable en Navarra a partir del 1 de enero de 2022 incluye un nuevo servicio de guardia diario, para el partido judicial de Pamplona, en el que un profesional de la abogacía atenderá de 9 a 21 horas la asistencia a personas investigadas citadas por los Juzgados, en refuerzo de los actuales servicios de asistencia al detenido en Policía y Juzgados existentes como guardias de 24 horas.

Asistencia al Detenido y Juicios Rápidos en Aoiz. Idéntico servicio que el anterior, pero para la jurisdicción de Aoiz.

Servicio de Orientación Jurídica . Presta orientación jurídica para la tramitación de las solicitudes de asistencia Jurídica gratuita y designación de Abogado de Oficio. Puede accederse a dicho servicio, de lunes a viernes, de 10 a 13:30 horas en las instalaciones del Colegio. No es necesaria cita previa.

Servicio de Derecho Penitenciario. Servicio de asesoramiento y defensa de los internos en la prisión de Pamplona en cuestiones derivadas con la jurisdicción penitenciaria. Prestado por abogados y abogadas expertos en materia penitenciaria.

Puede acceder a información obre el servicio de taxi al centro penitenciario de Pamplona AQUI

Turnos de Designación General

Además de estos servicios de guardia especializada, el MICAP cuenta con listas de profesionales de la abogacía adscritos a diferentes turnos de oficio denominados generales, para la representación y defensa en procedimientos judiciales, divididos según jurisdicciones y materias.  

Puede consultarlos en el siguiente desplegable

TURNO PENAL

Causas penales seguidas en los Tribunales de los Partidos de Pamplona y Aoiz, con penas inferiores a seis años de prisión. Con carácter general, la intervención de estos letrados comprende las entrevistas previas y la intervención del letrado en la causa judicial, en la investigación previa, en el acto del juicio, interposición de recursos y actuaciones en ejecución de sentencia.

TURNO ESPECIAL PENAL

Causas penales con penas superiores a seis años de prisión. Para formar parte de este Turno Especial, además de los requisitos generales, se exige contar con una experiencia profesional en el Turno de Oficio superior a los cinco años.

 TURNO CIVIL

Cuestiones de derecho privado correspondientes a la Jurisdicción Civil, a excepción de las cuestiones de Familia para las que existe un turno específico especializado. Con carácter general, la intervención de estos letrados comprende las entrevistas y negociaciones previas y la intervención del letrado en la causa judicial, en el acto del juicio, interposición de recursos y actuaciones en ejecución de sentencia.

 TURNO LABORAL

Cuestiones de índole laboral, a seguirse ante los Juzgados de lo Social de Pamplona. Con carácter general, la intervención de estos letrados comprende las entrevistas y negociaciones previas, el intento de conciliación y la intervención del letrado en la causa judicial, en el acto del juicio, interposición de recursos y actuaciones en ejecución de sentencia.

 TURNO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Cuestiones a dilucidar ante la Jurisdicción contenciosa. Con carácter general, la intervención de estos letrados comprende las entrevistas previas, la elaboración de los recursos previos al procedimiento contencioso y la intervención del letrado en la causa judicial, en el acto del juicio, interposición de recursos y actuaciones en ejecución de sentencia. 

TURNO MATRIMONIAL Y DE FAMILIA

Asuntos matrimoniales y de familia. La intervención de estos letrados, mayoritariamente relacionada con crisis matrimoniales o de pareja, comprende una amplia gama de actuaciones y procedimientos que abarca desde la preparación y adopción de soluciones de conflictos de mutuo acuerdo, a la intervención en procesos cautelares sumarios, procedimientos contencioso y de ejecución de sentencias.

TURNO DE MENORES:

Defensa a los menores de los asuntos penales de los que han resultado investigados, o que han ejercitado la acción particular en representación de menores víctimas de delitos.

TURNO DE MENORES ESPECIAL:

Creado en el año 2017, tanto para el ejercicio de la defensa como para el de acusación particular, en aquellos casos de delitos graves comprendidos dentro del artículo 10 de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de los Menores, siendo necesaria la especialización en ésta materia y la pertenencia al turno de menores durante un mínimo de cinco años.

 TURNO DE EXTRANJERÍA:

Los abogados y abogadas que forman parte de éste turno, efectúan las alegaciones frente a las órdenes de expulsión, y recurren las diferentes resoluciones administrativas relacionadas con la nacionalidad, la residencia, la expulsión, la reagrupación familiar y demás cuestiones relacionadas con el derecho de extranjería.

 TURNO PENITENCIARIO:

Además del servicio de guardia penitenciario antes comentado, en este turno se  tramitan los diferentes procedimientos relacionados con la vigilancia penitenciaria.

TURNO CONCURSAL:

Creado en el año 2014. Forman parte del mismo  abogados y abogadas especializados en Derecho Concursal.

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